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Secuestros Transfronterizos

Con la proximidad de la frontera de México a San Diego y el carácter común de la ciudadanía binacional, los secuestros de niños a México se han convertido en una preocupación creciente. Muchos padres temen que su cónyuge o ex cónyuge se lleve a sus hijos a través de la frontera de México y entonces no tendrá ninguna resolución dentro del sistema de Tribunales de Derecho Familiar de Estados Unidos. Conseguir la devolución de un niño que ha sido secuestrado ilegalmente a través de la frontera mexicana es una tarea difícil. Los padres deben estar al tanto de los recursos qué están disponibles, pero lo más importante es saber qué se puede hacer para prevenir tal secuestro.

El primer paso para asegurar que sus hijos no sean secuestrados a México, es participar en la prevención del secuestro. Cuando hay un historial de violencia doméstica o riesgo de fuga, los padres deben solicitar al Tribunal de Derecho familiar una orden que permita que el pasaporte de los niños y los certificados de nacimiento estén en la posesión del padre que no representa una amenaza. Además de eso, sería apropiado solicitar órdenes para que las visitas sean supervisadas y para que se lleven a cabo únicamente en el condado de San Diego, sobre todo cuando hay antecedentes de violencia doméstica o riesgo de fuga.

Si no se tomaron precauciones o no tuvieron éxito y su hijo ha sido secuestrado a México, hay pasos importantes e inmediatos que deben seguirse para garantizar el regreso seguro y rápido de su hijo. El primer paso, y el más importante, es el contactar inmediatamente a la policía local y a la oficina del Fiscal del Distrito. La Unidad de Secuestro de Menores de la oficina del Fiscal del Distrito de San Diego podría coordinar el regreso de su hijo al ponerse en contacto y trabajar en conjunto con los oficiales de la policía Mexicana. Por lo general, el regreso de su hijo requiere acudir a la Convención de la Haya ( Hague Convention). Sin embargo, la oficina del Fiscal del Distrito podría dar este paso por alto y garantizar el regreso inmediato de su hijo si es que: el niño fue colocado con un tercero que no es uno de los padres, o si el niño no tiene documentos adecuados que le permitan estar en México. Documentos adecuados de viaje incluyen el acta de nacimiento mexicana, el pasaporte mexicano o una visa de turista o de inmigrante. Si su hijo o la persona que se llevó a su hijo no tiene estos documentos, entonces no cuenta con documentos adecuados para viajar y entrar a México. Un documento de viaje adecuado para volver a entrar a Estados Unidos sería un pasaporte americano (se requiere valido a partir de 1/1/08) o una identificación y certificado de nacimiento (aceptable antes de 1/1/08). Si cualquiera de las dos excepciones mencionadas anteriormente están presentes, la oficina del Fiscal del Distrito podría ayudarle, sin embargo también debe conocer la ubicación aproximada del niño. Es importante que proporcione toda la información que tenga acerca de la ubicación del niño ya que es la manera más segura para poder localizarlo rápidamente.

Puede que sea necesario recurrir a la Convención de la Haya cuando la oficina del Fiscal del Distrito no pueda ayudarle en las excepciones señaladas anteriormente. Si esta es la situación, de cualquier modo póngase en contacto con la oficina del Fiscal de Distrito inmediatamente y proporcióneles: copias certificadas de las actas de nacimiento, fotografías de su hijo y la ubicación (si es que la conoce). Recuerde que es importante ser lo más específico posible acerca del paradero del niño. En ese momento también sería conveniente buscar asesoría legal para coordinar el regreso inmediato de su hijo.

La mejor protección para sus hijos en contra del secuestro transfronterizo es la prevención. Si usted siente que su cónyuge o ex – cónyuge representa una amenaza de secuestro para sus hijos, póngase en contacto con un abogado inmediatamente para tener asistencia legal en la obtención de las órdenes adecuadas. Si sus hijos fueron secuestrados comuníquese inmediatamente con la oficina del Fiscal del Distrito y busque asesoría legal.

Si necesita más ayuda, póngase en contacto con Hiden, Rott & Oertle, LLP al 619-369-3323 o por correo electrónico.